Calcula el impuesto actualizado (art. 17-A CFF) y los recargos por mora (art. 21 CFF) de pagos extemporáneos, con tasas oficiales de la LIF por año.
El art. 17-A usa el INPC del mes anterior a cada fecha; lo obtenemos automáticamente de Banxico y puedes verificarlo o editarlo abajo.
Si el factor resulta menor que 1.0000, la ley ordena tomarlo como 1 (no hay "deflación" a favor).
La tasa mensual se carga según el año de la LIF. Edítala solo si tu contador te indica otra tasa aplicable.
Completa el importe y las fechas.