Calculadora de ISR para asalariados y asimilados a salarios 2026
Calcula el ISR que te retienen en tu nómina con la tarifa oficial del Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (artículo 96 de la Ley del ISR, publicado en el DOF el 28 de diciembre de 2025).
Funciona para salarios y asimilados a salario, en periodo mensual, quincenal o semanal, con subsidio para el empleo e IMSS estimado, y en ambas direcciones: de bruto a neto y de neto a bruto.
Cómo funciona esta calculadora de ISR
La calculadora aplica el procedimiento de retención de ISR que la Ley del ISR ordena a los patrones (artículo 96), en cinco pasos:
- Convierte tu ingreso a mensual. Si capturas un sueldo quincenal o semanal, la herramienta lo convierte a su equivalente mensual para ubicarlo en la tarifa.
- Ubica tu renglón en la tarifa 2026. La tarifa tiene 11 renglones definidos por un límite inferior y un límite superior. Tu base gravable cae en exactamente uno de ellos.
- Calcula el impuesto: cuota fija del renglón + porcentaje sobre el excedente del límite inferior. Solo la porción que rebasa el límite inferior paga el porcentaje del renglón: por eso la tasa efectiva siempre es menor que la tasa marginal.
- Resta el subsidio para el empleo si tu ingreso gravable mensual no rebasa $11,492.66. En 2026 es una cuota fija de $535.65 mensuales (15.02% de la UMA).
- Resta el IMSS obrero si eres asalariado. Si eres asimilado a salario, no cotizas al IMSS y esa línea desaparece.
El modo Neto → Bruto hace el cálculo inverso: le indicas cuánto quieres recibir neto y la calculadora encuentra el sueldo bruto que lo produce. Es ideal para negociar un sueldo o fijar el monto de un contrato.
¿Cómo hacer el cálculo de asimilados a salarios?
Los ingresos asimilados a salarios son percepciones que la ley trata igual que un sueldo para efectos de ISR, aunque no provengan de una relación obrero-patronal: honorarios a miembros de consejos directivos, jubilaciones, pensiones, honorarios a personas físicas que reciben más del 50% de sus ingresos de un solo cliente (sin prestar servicios personales subordinados), y demás supuestos del artículo 94 de la LISR.
El cálculo del ISR es idéntico al de los asalariados: se aplica la misma tarifa mensual del artículo 96 del Anexo 8 de la RMF 2026 y, si el ingreso no rebasa el tope, el mismo subsidio para el empleo.
La diferencia práctica es que el asimilado no cotiza al IMSS, por lo que su retención total es únicamente el ISR:
- Obtén tu ingreso gravable del periodo (sin ingresos exentos como la parte exenta del aguinaldo o prima vacacional).
- Conviértelo a mensual y ubica el renglón en la tarifa del artículo 96.
- ISR = cuota fija del renglón + % sobre el excedente del límite inferior.
- Resta el subsidio para el empleo si tu ingreso mensual no rebasa $11,492.66.
- El resultado es tu retención: no hay IMSS que restar.
Ejemplo resuelto: un asimilado que percibe $15,000 mensuales en 2026 cae en el renglón de $14,644.65 a $17,533.64: ISR = $1,339.14 + ($15,000 − $14,644.65) × 17.92% = $1,402.82. Sin subsidio (rebasa el tope) y sin IMSS, su neto es $13,597.18. Si fuera asalariado con las mismas percepciones, además pagaría el IMSS obrero estimado y su neto sería menor.
¿Dónde puedo encontrar una calculadora de ISR semanal para 2026?
La puedes usar aquí mismo: en la calculadora de arriba, captura tu sueldo semanal y selecciona «Semanal» en el periodo de pago.
Existen otras calculadoras SAT, pero esta calculadora convierte tu ingreso a su equivalente mensual, aplica la tarifa oficial 2026 del Anexo 8 de la RMF y te regresa la retención ya en términos semanales.
El ISR semanal no usa una tarifa distinta: el artículo 96 establece que los patrones pueden aplicar tarifas proporcionales al periodo de pago (diaria, semanal, decenal o quincenal), pero todas son congruentes con la mensual.
Si prefieres verificarlo a mano, el procedimiento es: sueldo semanal × 4.3333 = equivalente mensual → calcular el ISR mensual con la tarifa → dividir entre 4.3333 para regresar al periodo semanal.
Existen otras calculadoras de ISR semanal en línea, como las de sitios fiscales especializados, pero verifica siempre que estén usando las tarifas del Anexo 8 de la RMF 2026: las tablas se actualizaron con un factor de 1.1321 por inflación acumulada (primer ajuste en tres años, DOF 28-12-2025), y una calculadora con la tabla 2023 o 2024 te dará retenciones incorrectas.
Tabla ISR 2026: tarifa mensual oficial
Esta es la tarifa vigente para retenciones de sueldos y salarios durante 2026 (artículo 96 LISR, Anexo 8 RMF 2026). Es la misma que usa la calculadora:
| Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % sobre el excedente |
|---|---|---|---|
| $0.01 | $844.59 | $0.00 | 1.92% |
| $844.60 | $7,168.51 | $16.22 | 6.40% |
| $7,168.52 | $12,598.02 | $420.95 | 10.88% |
| $12,598.03 | $14,644.64 | $1,011.68 | 16.00% |
| $14,644.65 | $17,533.64 | $1,339.14 | 17.92% |
| $17,533.65 | $35,362.83 | $1,856.84 | 21.36% |
| $35,362.84 | $55,736.68 | $5,665.16 | 23.52% |
| $55,736.69 | $106,410.50 | $10,457.09 | 30.00% |
| $106,410.51 | $141,880.66 | $25,659.23 | 32.00% |
| $141,880.67 | $425,641.99 | $37,009.69 | 34.00% |
| $425,642.00 | En adelante | $133,488.54 | 35.00% |
Fuente: Anexo 8 de la RMF para 2026 (DOF 28-12-2025). Tarifa aplicable durante 2026 para el cálculo de los pagos provisionales mensuales, artículo 96 LISR.
Subsidio para el empleo 2026
Desde el 1 de mayo de 2024, el subsidio para el empleo dejó de ser una tabla por rangos: es una cuota fija mensual equivalente a un porcentaje de la UMA.
Para 2026, el decreto publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2025 la fijó en 15.02% de la UMA mensual ($535.65), aplicable completa siempre que el ingreso gravable mensual no rebase $11,492.66.
Si lo rebasa, el subsidio desaparece por completo (no se reduce gradualmente). Y si el subsidio excede el ISR causado, la diferencia no se entrega en efectivo: solo se puede acreditar contra el ISR del mes.
Preguntas frecuentes sobre la calculadora de ISR
¿Cuánto ISR me retienen si gano $15,000 al mes en 2026?
$1,402.82 antes de subsidio (renglón de $14,644.65 a $17,533.64: cuota fija $1,339.14 + 17.92% sobre el excedente). El subsidio no aplica porque el ingreso rebasa $11,492.66. Si eres asalariado, además se descuenta el IMSS obrero.
¿Los asimilados a salario pagan menos ISR que los asalariados?
Pagan exactamente el mismo ISR (misma tarifa, mismo subsidio). La diferencia es que el asimilado no cotiza al IMSS, por lo que su neto es mayor con el mismo ingreso bruto… pero tampoco acumula semanas de cotización para IMSS, INFONAVIT o pensión.
¿La calculadora sirve para 2025?
Las tarifas de esta página son las de 2026. Las de 2025 eran ligeramente menores (factor 1.1321 de diferencia), así que usar la tabla 2026 para un recibo de 2025 da una retención mayor a la real. Para ejercicios anteriores, busca las tablas del Anexo 8 de la RMF de ese año.
¿Por qué mi recibo de nómina no coincide exactamente con la calculadora?
Porque la retención real considera elementos que la calculadora estima: tu salario base de cotización exacto para el IMSS, prestaciones (vales, fondos de ahorro), la parte exenta del aguinaldo y prima vacacional, y el ajuste anual que hace tu patrón.
La calculadora te da la retención sobre la base gravable que capture, con las reglas oficiales 2026.
Aviso importante: Este contenido tiene fines exclusivamente informativos y no constituye asesoría fiscal, contable ni legal. Este sitio es independiente y no pertenece al SAT ni a ninguna dependencia del Gobierno de México.
Los porcentajes y obligaciones de retención pueden variar según el caso concreto y pueden actualizarse; se recomienda confirmar siempre la información vigente en los canales oficiales del SAT: https://www.sat.gob.mx/. No se realizan trámites en nombre del SAT.