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Donatarias con multa del SAT: los 3 requisitos para no perder su autorización en 2027

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 1 de octubre de 2026 la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2026 y su Anexo 2.

Donatarias con multa requisitos para conservar la autorización en 2027

La resolución cambia el pago del ISR de jugadores extranjeros de la Copa Mundial de la FIFA 2026, incorpora cantidades para calcular el precio base del diésel y permite a ciertas donatarias mantener su autorización en 2027 si cumplen condiciones. Afecta a esos supuestos concretos, no a todos los contribuyentes.

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Qué ha ocurrido

El SAT publicó la resolución en el DOF del 1 de octubre de 2026. Está fechada en la Ciudad de México ese mismo día y la firma, en suplencia por ausencia del jefe del SAT, el administrador general jurídico, Ricardo Carrasco Varona.

El texto modifica las reglas 9.4.4 y 11.7.3 de la RMF 2026, agrega un transitorio nuevo y actualiza el Anexo 2 con la ficha de trámite 117/CFF.

Qué dice la resolución

ISR de jugadores residentes en el extranjero (regla 9.4.4 y ficha 117/CFF)

La regla 9.4.4 se refiere al ISR de las personas físicas residentes en el extranjero que tengan la calidad de jugadores. El jugador, o su representante en el país, debe calcular el impuesto y pagarlo a más tardar al día siguiente en que obtuvo el ingreso.

El pago puede hacerse con línea de captura por Internet o en el banco, en efectivo, con tarjeta o con cheque personal, conforme a la regla 2.1.18.

La resolución añade una opción: pagar el ISR, en el mismo plazo, por conducto de las Asociaciones Miembro de la FIFA, sin incluir a la Asociación Anfitriona. Si esas asociaciones pagan el monto total de la línea de captura, se considera que los jugadores identificados cumplieron con la obligación de presentar la declaración del artículo 170, cuarto párrafo, de la Ley del ISR.

La ficha 117/CFF del Anexo 2 regula el informe sobre ese pago, que es gratuito y se presenta así:

  • Jugadores o sus representantes: al día siguiente de pagar el ISR, con un escrito libre en la Oficialía de Partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC), en Avenida Hidalgo 77, colonia Guerrero, Ciudad de México, de lunes a viernes de 08:00 a 14:30 horas.
  • Asociaciones Miembro de la FIFA: con al menos cinco días de anticipación al pago del ingreso a los jugadores, por correo a [email protected]. La autoridad envía un archivo de Excel, revisa la información que se le devuelve y emite la línea de captura.

Precio base del diésel (regla 11.7.3)

La resolución añade las fracciones XIV a XXVI a la regla que regula el cálculo del precio base del diésel. Fijan una cantidad en pesos por litro que se resta en cada una de 13 fechas semanales, del 9 de julio al 1 de octubre de 2026.

Cantidades de la regla 11.7.3, fracciones XIV a XXVI (pesos por litro)
Fecha de 2026 Cantidad que se resta
9 de julio 0.92
16 de julio 0.88
23 de julio 0.88
30 de julio 0.89
6 de agosto 0.89
13 de agosto 0.92
20 de agosto 0.92
27 de agosto 0.94
3 de septiembre 0.95
10 de septiembre 0.96
17 de septiembre 0.98
24 de septiembre 0.99
1 de octubre 1.06

La resolución cita como fundamento los decretos y acuerdos del IEPS de combustibles publicados en el DOF el 27 de diciembre de 2016, el 11 de marzo de 2019, el 4 de septiembre de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.

Donatarias autorizadas (transitorio Vigésimo Noveno)

Se agrega un transitorio para las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles que hayan recibido una multa por la infracción del artículo 81, primer párrafo, fracción XLIV, del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Podrán mantener la vigencia de su autorización para el ejercicio fiscal 2027 si, a más tardar el 30 de septiembre de 2026:

  • presentaron las declaraciones informativas del ejercicio fiscal 2025 a que se refiere la regla 3.10.1.5, tercer párrafo, fracción I, incisos a) y b);
  • pagaron la multa, y
  • no interpusieron un medio de defensa contra ella, o se desistieron.

Si después del 30 de septiembre de 2026 se interpone un medio de defensa contra esa multa, no procede mantener la vigencia de la autorización. Las organizaciones que no la mantengan conforme a este transitorio quedan sujetas a lo dispuesto en la regla 3.10.1.19.

A quién afecta

Los cambios se dirigen a tres grupos:

  • ISR de jugadores: jugadores residentes en el extranjero de la Copa Mundial de la FIFA 2026, sus representantes designados conforme al artículo 174 de la Ley del ISR y las Asociaciones Miembro de la FIFA.
  • Donatarias: solo las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados que tengan una multa por la infracción citada.
  • Diésel: el texto no precisa quiénes aplican la regla 11.7.3; solo incorpora las cantidades al cálculo.

Qué significa para el contribuyente

La resolución no contiene cambios de aplicación general para personas físicas ni empresas. Para las donatarias alcanzadas, abre una vía para conservar su autorización en 2027, siempre que se hayan cumplido las tres condiciones en la fecha indicada.

Qué debe hacer el contribuyente

Según el texto oficial:

  • Jugadores y representantes: pagar el ISR a más tardar al día siguiente de obtener el ingreso y presentar el informe de la ficha 117/CFF al día siguiente de pagar.
  • Asociaciones Miembro de la FIFA: presentar la información con al menos cinco días de anticipación al pago y pagar la línea de captura que emita el SAT.
  • Donatarias con la multa citada: comprobar si cumplieron las tres condiciones del transitorio antes del 30 de septiembre de 2026.

Fechas importantes

  • Fecha de la resolución: 1 de octubre de 2026.
  • Publicación en el DOF: 1 de octubre de 2026.
  • Entrada en vigor: a partir de su publicación en el DOF. Las disposiciones dadas a conocer antes en el Portal del SAT surten efectos conforme a la regla 1.3, tercer párrafo.
  • Fecha límite para las donatarias: 30 de septiembre de 2026, un día antes de la publicación en el DOF.
  • Vigencia de la autorización que puede mantenerse: ejercicio fiscal 2027.
  • Cantidades del diésel: 13 fechas semanales, del 9 de julio al 1 de octubre de 2026.

Qué no significa

No es una reforma general de la Miscelánea Fiscal: solo modifica dos reglas, añade un transitorio y actualiza una ficha del Anexo 2.

El transitorio para donatarias no cancela la multa: una de las condiciones es haberla pagado. Tampoco aplica a quienes presenten un medio de defensa después del 30 de septiembre de 2026.

El texto sobre el diésel no fija un precio al público ni anuncia cambios en los precios de las estaciones de servicio. Tampoco aclara cuáles disposiciones se dieron a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT.

Fuente oficial

Diario Oficial de la Federación, 1 de octubre de 2026: Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 y Anexo 2, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Servicio de Administración Tributaria.

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